Proyecto para pedir las EIA en obras públicas



Quieren que sea obligatorio el estudio de impacto ambiental para las obras públicas

Fecha de Publicación
: 11/07/2017
Fuente: Diario Uno (Santa Fe)
Provincia/Región: Nacional


Hasta el momento solo se les exige a las que son financiadas por organismos multilaterales. A partir de esta iniciativa, que hoy tuvo media sanción en Diputados, esta obligación alcanzaría a los proyectos ejecutados por municipios, por la provincia o la Nación en territorio santafesino.
La Cámara de Diputados dio media sanción esta tarde a un proyecto que modifica los artículos 12, 18 y 21 de la Ley 11.717 (medio ambiente y desarrollo sustentable). Por un lado, se reemplaza el texto en todos los artículos donde dice "Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable", por "Ministerio de Medio Ambiente". Pero por otro, se implanta la obligatoriedad para los estados municipales, la provincia y la Nación de realizar un estudio de impacto y evaluación ambiental al momento de realizar una obra en territorio santafesino.
"Aunque parezca raro esa obligación hoy no está en la ley de medio ambiente en la provincia. Esa ley establece la obligatoriedad para los particulares de realizar los certificados de aptitud ambiental, de acuerdo al tipo de actividad, o en su caso el estudio y posterior evaluación de impacto ambiental cuando encaran determinado tipo de obra", explicó a UNO Santa Fe el diputado Santiago Mascheroni, uno de los autores de la iniciativa.
"Pero esa obligación –aclaró– no existe para el Estado, que es el realizador de las grandes obras como un camino, un puente, una plaza, un servicio de transporte. Y no hay evaluación de impacto ambiental, no se consulta a la opinión pública, se le da para adelante. Esto no es una intención de impedir nada, sino que se cumpla la ley para el Estado de la misma manera que le exigimos a los privados, con estudio, evaluación y conocer cuáles son las medidas de remediación".
El legislador radical indicó que cuando las obras son financiadas por organismos de crédito multilaterales, como el Banco Mundial, los créditos ya vienen con la obligación de hacer el estudio de impacto ambiental y la evaluación. Pero no sucede lo mismo cuando son hechos con fondos municipales, provinciales o nacionales. "Ahí esa obligación no existe y desde la modificación, corrimiento, instalación de una plaza, un camino, una ruta, un puente o incluso la radicación de un barrio sin servicios o al revés, el Estado tendría la obligación de realizar el estudio y una posterior evaluación. Nosotros sí le ponemos énfasis en que no sólo se le preste atención a las cuestiones técnicas sino también a los aspectos sociales, es decir la calidad de vida de las personas", remarcó.
Como ejemplo, Mascheroni recordó que ante la instalación de redes de alta tensión de la Empresa Provincial de la Energía en los barrios se producían algunos problemas. "Ahí vehíamos resistencia y todo pero nunca se le obligaba (a la empresa) a que realice un estudio de impacto ambiental previo para medir el alcance, extensión o la posibilidad de remediación. A eso apunta la ley que impulsamos y que acompañaron legisladores de todos los bloques".
El proyecto establece que el Ministerio de Medio Ambiente sería la autoridad de aplicación. Al ser consultado sobre si no es contradictorio que el Poder Ejecutivo se controle a sí mismo, Mascheroni respondió: "El Estado se debe controlar, hay otras áreas que lo hacen. Estamos hablando de un marco regulatorio para aguas y con un organismo que en su momento lo va a tener; hemos reclamado que se reinstale el órgano de control en materia de la autopista; existe el órgano de control de aguas y saneamiento. No obsta que el Estado mida a través de un área específica porque son pautas objetivas. Si el Estado va a hacer una obra, presenta la evaluación y sus propios organismos, que también tienen posibilidad de contratar una consultora o hacer convenios con universidades nacionales, pueden hacer el control".
Por su embergadura hay obras que no requieren estudio de impacto ambiental. Pero según el legislador, eso está tipificado en el Decreto 101, que "es el reglamentario y es muy específico". Allí se determina toda la casuística en los aspectos donde es obligatorio el certificado de aptitud y dónde es obligatorio, por la mayor importancia de la obra, el estudio ambiental y su posterior evaluación, los mecanismos de remediación y planes de contingencia.
"Esto sirve tanto para autorizar la instalación de una planta de tratamiento de residuos sólidos urbanos como para una planta de volcamiento y tratamiento de residuos patológicos o tóxicos, entre otras cosas. En todos estos casos en que el Estado encare una obra pueda derivarla si lo desea a que el estudio los relice un particular. Pero a los estudios tiene que presentarlos", ejemplificó.Luego de la media sanción que esta tarde dio Diputados, la iniciativa comenzará a debatirse en el Senado de la provincia. De todas formas, eso sucederá recién después del receso que comenzará el 8 de julio y se extenderá hasta el 23 del mismo mes.
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